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Permiso de residencia de hijos menores nacidos o no en España

Para los hijos menores de residentes legales, nacidos o no en España, sin derecho a una nacionalidad de la Unión Europea.

Residencia de hijos menores

Los hijos de ciudadanos extranjeros que residen legalmente en España pueden obtener una autorización de residencia, hayan nacido o no en España, siempre que no tengan derecho a adquirir la nacionalidad de un país de la Unión Europea. Los menores nacidos en España reciben una autorización similar a la de sus padres, si estos se encuentran en situación legal; la solicitud puede presentarse desde el nacimiento o desde que uno de los progenitores obtiene la residencia legal.

Si el padre o la madre tiene estatuto de refugiado, puede optarse entre la extensión de la protección internacional y una autorización de residencia, atendiendo al interés superior del menor. En determinados casos el menor también puede obtener la residencia por reagrupación familiar, si uno de sus progenitores dispone de esa autorización.

Cómo se solicita

Con el modelo oficial, cumplimentado y firmado por el padre o la madre con residencia legal en España, presentado personalmente en la Oficina de Extranjería del lugar de residencia del menor, normalmente por duplicado.

Documentación

  1. Modelo oficial de solicitud cumplimentado.
  2. Pasaporte completo, título de viaje o cédula de inscripción del menor en vigor, original y copia.
  3. Certificado de nacimiento del menor.

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