Ciudadanos comunitarios (UE) y sus familiares
Son ciudadanos comunitarios las personas con nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumanía y Suecia), de otro Estado del Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein) o de Suiza. Tienen libertad para viajar, residir y trabajar en cualquier otro país de la comunidad.

Al establecerse en España, el ciudadano comunitario debe encontrarse en una de estas situaciones y contar con seguro de salud público o privado en las mismas condiciones que el público, sin copagos y con hospitalización.
- Trabajar por cuenta ajena con un contrato mínimo de tres meses.
- Trabajar por cuenta propia o emprender un negocio durante al menos tres meses.
- Residir con medios económicos suficientes sin necesidad de trabajar.
- Residir como estudiante.
Quien llega a España para establecerse durante más de tres meses tiene el derecho y la obligación de inscribirse como ciudadano comunitario residente: el Certificado de Registro de la UE. Identifica al ciudadano como residente en España y le da acceso a derechos como abrir una cuenta bancaria como residente, la Seguridad Social y la sanidad pública. Es imprescindible si el cónyuge, la pareja o los familiares son de nacionalidad extracomunitaria.
Si el ciudadano comunitario es español residente en España (un ciudadano colombiano casado con una ciudadana española, por ejemplo), el familiar solicita directamente la tarjeta de residencia y trabajo como familiar de ciudadano de la UE.
Si es un comunitario no español residente en España (un ciudadano italiano casado con una ciudadana venezolana), primero se inscribe al ciudadano comunitario con el Certificado de Registro de la UE y después se solicita la tarjeta de familiar para el familiar extracomunitario. Este segundo procedimiento suele ser más exigente en cuanto a requisitos.
Para que el cónyuge, la pareja o los familiares cercanos accedan a un permiso de residencia o de residencia y trabajo en España, el ciudadano comunitario debe estar previamente inscrito como residente. Antes de analizar a los familiares extracomunitarios conviene conocer los requisitos que él mismo debe cumplir para establecer su residencia.
Cómo se solicita
Como particular
Con cita previa telemática en la ciudad de residencia, siempre que se esté empadronado.
Mediante abogado
Un abogado especializado puede presentar la solicitud en nombre del interesado, sin acudir personalmente a extranjería, con una autorización de representación firmada.
Documentación
No hace falta certificado de antecedentes penales. El plazo de resolución suele ser de unos tres meses y, una vez concedida, hay que acudir a comisaría para la toma de huellas y la expedición de la TIE.
- Acreditación del vínculo familiar, con certificados legalizados y traducidos.
- Certificado de empadronamiento conjunto.
- Medios económicos de la unidad familiar.
- Pasaporte completo del extracomunitario y DNI o certificado del comunitario.
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